- Extranjero con vínculo con chileno(a).
- Hijo(a) de extranjero transeúnte.
- Vínculo con familiar con permanencia definitiva.
- Ex residente.
- Religiosos.
- Jubilados y rentistas.
- Inversionistas y comerciantes.
- Profesionales y más de un contrato.
- Profesionales y técnicos de nivel superior.
- Personas con dos o más contratos de trabajo.
- Remunerado en el exterior.
- Periodistas o profesionales de medios de comunicación.
- Embarazadas y tratamiento médico.
- Ciudadanos del MERCOSUR.
- Por motivos laborales.
- Unión Civil.
- Dependientes.
Antes de continuar, recuerda que TODA esta información está con lujo de detalles en la página de Extranjería, sin duda, el lugar ideal para consultar cualquier información con referencia a lo que expondré a continuación.
VISA TEMPORARIA PARA PROFESIONALES Y TÉCNICOS DE NIVEL SUPERIOR
Si eres profesional o técnico superior no tienes ni que pensar en tramitar otro tipo de visa. Esta es la que te deja mejor posicionado y la más fácil de obtener (no es que las demás sean mucho más difíciles tampoco).
VISA POR MOTIVOS LABORALES
Si no eres profesional, este tipo de visa es tu meta. Es relativamente nueva (disponible desde marzo 2015) y fue creada para corregir algunas desventajas de la visa sujeta a contrato que era la opción para los no profesionales anteriormente.
Tiene las mismas características/beneficios que la de profesionales. La diferencia está principalmente en los requisitos:
- NO necesitas título universitario.
- Necesitas CONTRATO de trabajo en vez de oferta laboral.
Requisitos y Planilla de solicitud.
VISA SUJETA A CONTRATO
Ya prácticamente en desuso, es el tipo de visa que menos recomiendo obtener. Su principal problema es que te ata al empleador, es decir, cada vez que cambies de trabajo, debes hacer un nuevo trámite. Además, el contrato debe incluir una cláusula que obliga al empleador a pagarte el pasaje de regreso a tu país cuando se termine la relación laboral, por lo tanto, casi ninguna empresa acepta firmar un contrato con estas características.
Otra desventaja grandísima es que para tramitar la permanencia definitiva tienes que tener dos años con esta visa (en lugar de un año como las dos anteriores).
Conozco personas que por no leer, no informarse o simplemente no interesarse, decidieron tramitar esta visa y hoy están arrepentidos porque tienen que esperar un año más para la permanencia definitiva (que es MUY importante si quieres ser una persona “normal” en este país).
Moraleja: prohibido tramitar la visa sujeta a contrato.
VISA DE DEPENDIENTES
Esta es para los padres/hijos. Recibo muchísimas preguntas de familias que quieren venirse pero no saben qué visa tramitar para los menores o para sus padres muy mayores. Obviamente este tipo de visa no permite realizar actividades remuneradas (es decir NO se puede trabajar si tienes esta visa).
Requisitos y planilla de solicitud.
Conozco casos de parejas en los que uno/a tramita su visa temporaria para profesionales y el/la otro/a tramita la visa de dependientes sin averiguar, sin leer, sin interesarse, solo para luego darse cuenta que no puede trabajar y en ese momento se ponen las manos en la cabeza.
Moraleja: tus hijos menores de edad son los únicos que deben tramitar esta visa. Si eres mayor de edad, ¿Por qué no tramitar una visa que te permita trabajar? Al fin y al cabo, vivir en esta ciudad no es nada barato, así que deberías tener un ingreso.
Fuente: http://www.extranjeria.gob.cl
Imagen: Web