Cómo solicitar la Visa Mercosur TP-15 en Colombia

La Visa Mercosur de Residencia Temporal TP-15 es otorgada a los extranjeros nacionales de los Estados que forman parte del Mercosur y sus asociados, que desean ingresar o hayan ingresado al territorio nacional colombiano. Las principales ventajas de la TP-15 para los extranjeros es que el titular de la misma quedará autorizado para ejercer cualquier ocupación legal dentro del territorio nacional, incluyendo las vinculadas a contratos laborales. Además de contar con la modalidad de beneficiarios, con la cual se le puede otorgar una visa en calidad de beneficiario al cónyuge o compañero permanente, padre o hijos menores de veinticinco (25) años que dependen económicamente del titular de la visa.

¿Dónde y cómo puedo solicitar la TP-15?

Es importante recordar que antes de realizar cualquier solicitud de la visa, sea en línea, en los respectivos consulados, o en la sede principal en Bogotá, siempre se debe llenar el formulario de solicitud por vía electrónica.

Solicitud de Visa Mercosur en Línea

  • Este servicio se encuentra disponible las 24 horas del día.
  • Se puede ingresar desde cualquier parte del mundo.
  • Se recomienda consultar en primer lugar la guía de usuario para la solicitud de Visa Mercosur en línea.

Solicitud desde Colombia

  • El horario de atención al público y entrega de turnos para los extranjeros que realizaron el trámite personalmente es de lunes a viernes de 7:30 am a 12:00m.
  • Para los apoderados que realizan el trámite de pago y culminan el proceso de Visa Online es de Lunes a Viernes de 2:00 pm – 3:00 pm.
  • Dirección: Sede Norte: Avenida 19 N.º 98 – 03 Edificio Torre 100 Piso 3º.

Solicitud desde el exterior

  • La solicitud se puede realizar desde cualquier Consulado de Colombia en el exterior.

Requisitos para la solicitud de la TP-15

  • Pasaporte o documento de viaje emitido por la autoridad o Estado que sea reconocido por el gobierno de Colombia como miembro del Mercosur.
    • El mismo debe tener una vigencia mínima de 180 días
    • Debe encontrarse en buen estado
    • Tener como mínimo 2 páginas en blanco
  • También serán válidos aquellos documentos de viajes emitidos por la Organización de Estados Americanos y la Organización de Naciones Unidas, aceptados por el Estado Colombiano.
  • Copia de la página principal del pasaporte vigente, en donde se encuentran todos los datos personales del titular.
  • Copia de la página del pasaporte donde se encuentre estampado el último sello de ingreso o salida de Colombia (según el caso).
  • Copia de la página del pasaporte donde se encuentre la última visa colombiana (en el caso de tener visas anteriores y que estas fueran otorgadas sin el código de lectura rápida).
  • En los casos en los cuales el trámite vaya a ser finalizado por un apoderado, anexar el poder debidamente otorgado.
  • Certificado de antecedentes penales por la autoridad competente del país de origen o último lugar de residencia donde haya permanecido 3 años como mínimo.
    • Expedido con 3 meses de anticipación a la fecha de la solicitud de la visa.
    • El certificado debe estar apostillado / legalizado y traducido (si fuese el caso).
    • Los menores de edad están exentos de este requisito.

En el caso de menores de edad

  • Registro o Acta Civil de Nacimiento y acompañada de una autorización para permanecer en el territorio nacional de Colombia, por parte de uno de sus padres (ambos requisitos deben estar apostillados, legalizados y traducidos)
  • Si llegare a faltar alguno de los padres, el permiso debe estar otorgado por una autoridad de la familia competente del país de origen.

Recomendaciones

Los titulares de la visa de residencia temporal cuya vigencia sea mayor a los tres (3) meses, al igual que los beneficiarios de las mismas, deben inscribirse en el registro de extranjeros de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, dentro los siguientes 15 días calendarios (continuos), contados a partir de la fecha de ingreso al país o de la expedición de la visa, si esta expidió en el territorio nacional.

Fuente e Imagen: http://emigrante.com.ve

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