Qué debe conocer un solicitante de asilo político en España

Como cualquier país, España posee algunas restricciones en cuanto a la residencia ilegal de los inmigrantes; pero no todo es imposible, ya que existe la posibilidad de solicitar en las instituciones pertinentes el asilo político.

Al igual que en los Estados Unidos el asilo político es la ley que avala el derecho de admisión y la protección subsidiaria (fue creada el 30 de octubre 2009); por lo general, se encarga de regular el sistema por el cual España ofrece protección internacional a aquellos que no pueden regresar a su país de origen, por temor a la persecución, a motivos de raza, religión, opiniones políticas, etc.

En concreto, la ley de asilo prevé el reasentamiento de los refugiados en España; en su primera disposición adicional se establece que el Gobierno instaure programas de establecimiento de refugiados, que coincida anualmente con el número propuesto de personas que serán reasentados en España por el Ministerio de Interior de Empleo y Seguridad Social.

Cuando se habla de “reasentamiento” se refiere al proceso mediante el cual un refugiado que ha huido de su país, encontró asilo temporal en otro, es decir, es reasentado en un país donde la protección será permanente, como un refugiado en sentido estricto. La Modificación de la Ley de Asilo que fue aprobada en octubre del 2009, contempla el establecimiento en la ONU del programa para el reasentamiento de refugiados, en colaboración con la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur).

Principalmente, el solicitante del asilo debe dirigirse a las oficinas pertinentes para el llenado de su carta de solicitud. En el caso de España estas instituciones son: puestos fronterizos, las oficinas de asilo y refugio, oficinas de extranjeros y centros de internamientos de extranjeros.

Cuando la solicitud de asilo se hace en un puesto fronterizo, el solicitante debe permanecer allí hasta que se decida si su solicitud es aceptada para su procesamiento; las autoridades tienen cuatro días para tomar la decisión. Si se concede la petición, el solicitante podrá entrar en España, si se ha negado, puede presentar un recurso de revisión del caso (reexamen) teniendo solamente dos días para responder; en caso de que la decisión sea de nuevo negativa, debe dejar el territorio español.

Si una persona con la condición de refugiado ya se encuentra en territorio español, la petición de asilo debe ser presentada en un plazo no superior a un mes desde la entrada en España o desde los acontecimientos en los que se justifique que la solicitud se produzca. Dicha solicitud se presenta personalmente, y si hay una imposibilidad física o jurídica, podrá autorizar a una persona que lo haga en su nombre.

El procedimiento consiste en una entrevista personal en la que el solicitante debe ser identificado (archivo de datos personales) y debe explicar los hechos que lo llevan a buscar protección internacional, requiriendo detalles sobre cómo fue su llegada a España. Los que se encuentren en condición de solicitantes de asilo en España tienen derecho a la libre asistencia médica y jurídica, también tienen derecho a que su solicitud sea comunicada a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) en España, a su vez, conocer el contenido del archivo; en cualquier momento debe ser documentado como la búsqueda de protección internacional.

¿Qué debe conocer el solicitante?

En el momento de la aplicación del reasentamiento, el solicitante deberá ser informado en un idioma que pueda entender, los siguientes aspectos claves del proceso:

  • Descripción del procedimiento a seguir y la confidencialidad del mismo.
  • Enumeración de los derechos y obligaciones durante el procedimiento, especialmente en cuanto a tiempo y recursos.
  • Explicación de las consecuencias del incumplimiento del deber o la falta de cooperación con las autoridades.
  • Recordatorio de los derechos y beneficios a los que tiene acceso en su condición de solicitante de protección internacional.

A los solicitantes también se les informa de sus funciones, que incluyen lo siguiente:

  • Colaborar con las autoridades españolas, que cuenten la verdad sobre su identidad, la presentación de los documentos de identidad que tiene o en tal caso, que justifique la ausencia de los mismos, así como también explicar en detalle las razones de la solicitud de protección internacional.
  • Dar a conocer tan pronto como sea posible todos los elementos sobre los cuales se apoya la solicitud.
  • Informar ante las autoridades cuando sea necesario, en relación con su solicitud de renovación de documentos, o por cualquier otra razón.
  • Reportar cualquier cambio de domicilio; al no reportar el cambio de dirección no puede recibir las comunicaciones relativas a la solicitud de protección internacional y esto puede repercutir en su archivo de aplicación.
  • Proporcionar las huellas dactilares.

Una vez que se ha presentado una solicitud, el solicitante será informado de la decisión en el plazo de un mes; si la aplicación no es compatible debe salir de España a menos que tenga autorización para quedarse; posteriormente, el caso puede ser refutado con un juez.

Fuente e imagen: emigrante

 

 

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